Los delegados de la Federación Colombiana de trabajadores de la Educación -Fecode- reclamaron ante el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio el cumplimiento de la sentencia del Consejo de Estado que declaró NULO el Inciso 1 del Artículo 5 del Acuerdo 34 de 1998 aprobado por su propio Consejo Directivo.
La sentencia, cuya aplicación se reclama, fue proferida en octubre pasado por el Órgano Contencioso y deja sin efecto el Acuerdo de Fomag que impedía a los educadores reclamar el pago de su cesantía parcial antes de tres años de haber transcurrido su anterior reclamación y pago.
Así lo confirmó el delegado de Fecode ante Fomag Domingo Ayala Espitia, quien explicó que el Inciso 1 del Artículo 5 del Acuerdo 34 de 1998 del Consejo Directivo del FOMAG establecía que los educadores no podían radicar solicitudes de cesantías parciales sino después de 3 años de haberse efectuado el último pago por dicho concepto.