INADMITEN DEMANDA CONTRA ELECCIÓN DEL FISCAL BARBOSA.

Con ponencia de la Consejera Lucy Jeanette Bermúdez, el Consejo de Estado decidió no admitir la demanda contra el acto de elección del Fiscal Francisco Barbosa que busca se declare nulo uno de sus apartes en donde fija su período en cuatro años a partir de su posesión.

Para los demandantes, la Corte Suprema de Justicia no tuvo en cuenta los antecedentes jurídicos que existían sobre esta materia, pues consideró que la elección del Fiscal General de la Nación, en casos de renuncia del titular, tendría un período personal y no institucional.

Los demandantes solicitaban que Barbosa no estuviera por cuatro años en el cargo sino que completara el periodo que dejó inconcluso Néstor Humberto Martínez cuando renunció.

El Consejo de Estado decidió inadmitir la demanda por considerar que no cuenta con varios de los requisitos formales de claridad, precisión y orden que debe reunir una acción de esta naturaleza.

Algunos de esos requisitos son la designación de las partes, al no integrar o mencionar al contradictorio, y los fundamentos fácticos, pues este criterio no contiene un capítulo aparte en el escrito de la demanda.

Frente a los fundamentos de derecho, el Consejo de Estado explicó que, tratándose de pretensiones de nulidad de un acto electoral, se debe explicar en qué causales generales se sustenta la acción. Además, como tampoco se dedica un capítulo específico a las pruebas, los demandantes deben aclarar si, a su juicio, es suficiente adjuntar el acto demandado. A estas falencias se suma el que no se hace referencia a un lugar y a una dirección donde las partes puedan ser notificadas.

En cuanto a los anexos, tampoco se adjuntó copia del acto demandado, ni del acto en el que se confirma la elección del fiscal, ni el de la comunicación que notifica el acuerdo que comprende este nombramiento.

Así las cosas, una vez notificado este auto que inadmite la demanda, los demandantes tienen tres días para subsanar las inconsistencias en la demanda.

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