El 27 de diciembre de 2012 el Concejo de Montería expidió el Acuerdo 053 mediante el cual se adoptó el Estatuto de Rentas para el municipio, que entre otras cosas, reglamentó las tarifas para el cobro del impuesto a los propietarios de los predios ubicados en su zona rural.
En este Acuerdo se establecieron taxativamente las tarifas para los predios rurales según su destinación económica, individualizándose las correspondientes a las parcelas de 5 hectáreas o menos, que fueron gravadas con el 2 por 1000; las parcelaciones, fincas de recreo, condominios, conjuntos residenciales cerrados o urbanizaciones campestres, gravadas con el 12 por 1000; los predios destinados al turismo recreación e industria, gravados con 13,5 por 1000; los predios con destinación de uso mixto, gravados con el 16 por 1000; y los demás predios rurales, gravados con el 14 por 1000.
Aunque esta caracterización era bastante general, no hay duda que surgió de un análisis que tuvo en cuenta, a modo de compensación, además de la destinación económica del predio, el valor de su avalúo según el IGAC, que tiene un vergonzoso retraso desde hace mucho tiempo en nuestro territorio.
Este Acuerdo, de manera inexplicable, se convirtió en letra muerta y al parecer nunca se parametrizó en la plataforma de la Secretaría de Hacienda y, por tal razón, la liquidación de este impuesto siguió como venía en el 3,5 por 1000, produciéndose un gran hueco fiscal para el municipio de Montería, que se extendió hasta este año 2020, porque el 29 de diciembre de 2017 se expidió el Acuerdo 07 mediante el cual se modificó el Estatuto Tributario adoptado en 2012, que dejó igual las tarifas para el cobro del impuesto para los predios rurales.
Es decir, a pesar de la expedición del nuevo Acuerdo que ratificaba esas tarifas, en 2018 y 2019 el municipio siguió cobrando a los propietarios de fincas de más de 5 hectáreas un impuesto equivalente al 3,5 por 1000, sin que hasta hoy haya una explicación clara en términos jurídicos del porqué se ha presentado esta anómala situación.
Una situación que explotó en Enero de 2020 cuando la nueva administración de Carlos Ordosgoitia envió a los propietarios de esos predios el recibo de cobro de su impuesto con la «ignorada» tarifa del 14 por mil y éstos se volcaron a reclamar por este supuesto despropósito del nuevo gobierno, amenazando con no seguir pagando el impuesto predial que les corresponde según lo señala el Estatuto de Rentas vigente.
Para tratar de buscar una «salida» a esta delicada situación, el alcalde Carlos Ordosgoitia presentó al Concejo un proyecto de Acuerdo modificatorio del Estatuto de Rentas donde después de varias discusiones se estableció un impuesto del 5 por mil para los predios que antes estaban gravados en 14 por 1000, lo que sin duda se constituye, aunque sea en teoría, en un gran hueco fiscal para el municipio de Montería, que bien necesita los recursos de este impuesto para el mejoramiento de vías e infraestructura de servicios básicos en la zona rural.
Pero además surgen varios interrogantes sobre la legalidad o al menos conveniencia de este Acuerdo que perjudica claramente los intereses de un municipio, cuyo alcalde Carlos Ordosgoitia y sus propios concejales que lo aprobaron, juraron defender cuando asumieron sus cargos.
Otro interrogante tiene que ver con las responsabilidades que le cabrían a los funcionarios de las administraciones de los alcaldes Carlos Correa y Marcos Daniel Pineda, durante las cuales nunca pusieron en ejecución los Acuerdos 053 de 2012 y 07 de 2017, generándose así un detrimento patrimonial en contra del municipio del orden de los 20 mil millones de pesos, según cálculos de la actual administración.
Finalmente es pertinente preguntar cuál es el papel que han jugado en todo este «enredo» la nueva Cotralora Municipal, Maria C. Frasser, y el Personero, Jorge Galofre, quienes aunque fueron informados sobre el tema han preferido adoptar el rol de «conciliadores» dejando de lado su obligación de iniciar formalmente una investigación para tratar de individualizar las responsabilidades por esa ineficiente y «relajada» gestión administrativa que autocondena al municipio a sacrificar unos recursos económicos importantes, que como ya se dijo bastante falta le hacen para cumplir con su Plan de Desarrollo. «Dura es la ley pero es la ley», reza el aforismo jurídico.
Y es que la presión ejercida por los grandes propietarios rurales ha sido fuerte para que se buscara una salida que beneficiara sus intereses, sobre todo en estos tiempos de emergencia económica y social, en donde hasta lo justo parece injusto. Ellos cuestionaron la justeza de un incremento del tributo del 3,5 por mil al 14 por mil, pero nada dicen de la desproporcionada diferencia que existe entre el avalúo catastral de sus tierras hecho por el Agustín Codazzi y su valor comercial, ese por el que se rige el mercado y que favorece sus intereses.
Al final, qué importa si un municipio como Montería se mantiene en la pobreza y sus habitantes del Sabanal, Garzones, Buenos Aires, etc, etc, se hunden en la miseria, la desesperanza y el olvido, si se mantiene contentos y felices a los Uribe, los Ganen, los Vega, los Besaile, los Vergara, los Vallejo y muchos otros, que poco o nada han hecho por su desarrollo.